Disposición transitoria primera
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA
La Asamblea General, en la primera reunión que celebre, elegirá de entre sus miembros una Comisión Gestora, formada por, al menos, tres personas, que asumirá las funciones encomendadas por los presentes Estatutos al Consejo de Gobierno y que será la encargada, además, de resolver los asuntos administrativos y de procedimiento que sean necesarios para la puesta en marcha del Club. Esta Comisión Gestora, una vez resueltos los trámites administrativos, convocará en el plazo máximo de tres meses a la Asamblea General para la elección del Consejo de Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25º de los presentes Estatutos.


